"El Título II define las especies susceptibles de aprovechamiento
pesquero de las que no lo son, cómo se adquiere su propiedad, establece los
principios de actuación en el manejo de las especies exóticas invasoras para
evitar su propagación en las masas de agua de la comunidad autónoma e
introduce la figura novedosa de las Especies de Interés Preferente, por
razones ecológicas o deportivas, estableciendo como práctica general la
modalidad de pesca sin muerte como principio de prevención para
salvaguardar las poblaciones salvo las excepciones contempladas en los
instrumentos de planificación. La Ley declara a la trucha común como
Especie de Interés Preferente reconociendo de esta forma, y de manera
expresa, la importancia deportiva y ecológica que esta especie reúne, y
marca un cambio de tendencia claro en la práctica de la pesca en las aguas
declaradas trucheras en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Hasta la fecha, la Consejería de Medio Ambiente ha ido aumentando los
tramos de las masas de agua en que la práctica de la pesca se realizaba en
la modalidad sin muerte y con la declaración de esta Ley se da un paso más
allá, esto es, la modalidad de pesca sin muerte se convierte en la práctica
normal salvo las excepciones que se contemplen en los instrumentos de
planificación. Una disposición transitoria regula convenientemente el paso
gradual de una situación a la otra."
pesquero de las que no lo son, cómo se adquiere su propiedad, establece los
principios de actuación en el manejo de las especies exóticas invasoras para
evitar su propagación en las masas de agua de la comunidad autónoma e
introduce la figura novedosa de las Especies de Interés Preferente, por
razones ecológicas o deportivas, estableciendo como práctica general la
modalidad de pesca sin muerte como principio de prevención para
salvaguardar las poblaciones salvo las excepciones contempladas en los
instrumentos de planificación. La Ley declara a la trucha común como
Especie de Interés Preferente reconociendo de esta forma, y de manera
expresa, la importancia deportiva y ecológica que esta especie reúne, y
marca un cambio de tendencia claro en la práctica de la pesca en las aguas
declaradas trucheras en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Hasta la fecha, la Consejería de Medio Ambiente ha ido aumentando los
tramos de las masas de agua en que la práctica de la pesca se realizaba en
la modalidad sin muerte y con la declaración de esta Ley se da un paso más
allá, esto es, la modalidad de pesca sin muerte se convierte en la práctica
normal salvo las excepciones que se contemplen en los instrumentos de
planificación. Una disposición transitoria regula convenientemente el paso
gradual de una situación a la otra."
Es de alabar que una de las comunidades en las que más tradición truchera hay, y en la que se encuentran muchos de los mejores ríos trucheros, sea una de las primeras en dar preferencia a la protección de la trucha común. Desde este Blog se apoya totalmente esta iniciativa y que es una medida imprescindible para intentar conservar las poblaciones de trucha, le pese a quien le pese.

Completamente de acuerdo con la iniciativa . Espero ser bienvenido. Captura y suelta. Felicidades por el blog.
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